Ahorrá hasta un 40% en tu seguro de ART
Cotizá y compará tu seguro de ART con las principales compañías de Argentina.

152.815 cotizaciones y 25.396 contrataciones.

Cotizador Online

Completá los datos de tu empresa
() Los campos son obligatorios
Trabajamos con las principales compañias de Argentina

 Ley 24557 de riesgos del trabajo

La ley 24557 de riesgos del trabajo fue sancionada en el año 1995 lo que significó un gran avance al darle al trabajador el verdadero valor que este representa, en tanto que se lo deba reconocer como el capital más importante de toda empresa. A partir de la ley 24557 de riesgos del trabajo es obligación del empleador afiliar a sus empleados a una ART ya sea que éstos pertenezcan al sector público como al privado. Desde que entrara en vigor esta ley, la 24557, es que surgen las aseguradoras de riesgos del trabajo o ART, empresas privadas que son contratadas por los empleadores para que se los asesore en todo lo que tenga que ver con la prevención y la reparación por los daños ocasionados por los accidentes laborales o por las enfermedades profesionales, consideradas como tales a aquéllas causadas por la misma actividad que el trabajador desempeña en su trabajo, y que componen un listado previsto por el art. 6 inciso 4 de la ley 24557 de riesgos del trabajo y que es actualizado anualmente por el Comité Consultivo Permanente, en el que se identifican los agentes de riesgo y las actividades que pueden generar dichas actividades entre las que encontramos distintos tipos de herramientas y maquinarias, la temperatura, la iluminación, las sustancias químicas, etc.

Para tener un control sobre estas enfermedades la ley 24557 de riesgos del trabajo determina que las ART deberán exigir a los empleados que estén en contacto con elementos peligrosos que se realicen exámenes médicos periódicos para detectar algún problema de salud, y en el caso en que un trabajador resultara damnificado, deberá recibir atención médica, prótesis y ortopedia, rehabilitación y traslados hacia y desde los centros de salud por todo el tiempo que dure el tratamiento y en caso de fallecimiento del trabajador la ART deberá hacerse cargo del servicio fúnebre. Según la ley 24557 de riesgos del trabajo el trabajador debe comunicarle del siniestro al empleador y éste a su vez a la ART pudiendo gestionarlo el mismo trabajador, un familiar o cualquiera que haya tenido conocimiento del hecho.

Para controlar el buen funcionamiento de las ART, es decir que otorguen las prestaciones correspondientes en caso de accidentes de trabajo o por enfermedades inherentes a la actividad laboral, se creó la Superintendencia de Riesgos del Trabajo que trabaja en la prevención de ambientes sanos y seguros, impone sanciones en caso de incumplimientos a la ley 24557 de riesgos del trabajo y, entre otras cosas, elabora estadísticas de siniestralidad en empresas de todo el territorio nacional. En cuanto a las prestaciones dinerarias si un trabajador resultara damnificado por un accidente de trabajo o en itinere, es decir en el trayecto hacia su domicilio y viceversa o por una enfermedad laboral y luego de haber recibido tratamiento y rehabilitación le haya quedado una secuela que le impida volver a trabajar, la ART deberá pagarle una indemnización cuyo monto dependerá del grado de incapacidad pudiendo ser temporaria, provisoria, total, parcial o definitiva.

Cotizar por WhatsApp